Posted on 21 March 2013. Tags: Abogado de inmigración, attorney, DREAMER, DREAMers, esposa, esposo, estadía ilegal, hijos, indocumentado, lawyer, Los Angeles, Nelson A. Castillo, new york, nueva york, padres, perdon provisional a la ley del castigo, peticion familiar, profesional, residencia permanente, turista, USCIS, visa B-1, visa H-1B
Esta semana en mi columna ”Consulta Migratoria” publicada en línea por varias publicaciones de impreMedia incluyendo LaOpinión.com, contesto preguntas de lectores. Recuerden, cada caso es distinto y las respuestas varían según el historial migratorio de cada persona, por lo cual solo puedo contestar de forma general a sus preguntas. Por favor consulten con un abogado de inmigración para recibir asesoría legal personalizada antes de comenzar cualquier trámite.
Aquí están las preguntas que contesté en mi columna:
Vine a los Estados Unidos en marzo del 2007 con una visa B1 que expiró en septiembre del 2007. Soy profesional en sistemas con título universitario y 15 años de experiencia comprobada en mi país de origen Perú. ¿Es posible para mi aplicar a la visa H-1B? –José B.
José, no podrías obtener una visa H-1B dentro de los Estados Unidos. Aunque aparentas llenar los requisitos de educación y experiencia que la visa H-1B requiere, cuando tú solicites la visa tendrás que revelar tu historial migratorio en los Estados Unidos, incluyendo el período que viviste ilegalmente en el país a partir de septiembre del 2007. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos probablemente te negará tu solicitud cuando se entere que violaste la ley de inmigración. Consulta con un abogado de inmigración para ver si hay otras opciones migratorias para ti.
Mi esposa entró con visa a los Estados Unidos y yo entré ilegalmente. He vivido más de 20 años en el país y nunca he sido arrestado. He usado documentos falsos para trabajar y he pagado mis impuestos. Tenemos tres hijas. Mi hija mayor tiene 21 años y nació en los Estados Unidos. Mis otras dos hijas son estudiantes DREAMers. ¿Podría mi hija ciudadana estadounidense pedirnos para la residencia permanente? ¿Nos ayudará la nueva ley del perdón a la ley del castigo? — Roberto
Tu hija ciudadana estadounidense podría solicitarlos a todos ustedes para una residencia permanente. En el caso de tu esposa ella podría solicitar la residencia permanente dentro de los Estados Unidos porque entró legalmente al país. La ley de inmigración le perdonaría el haber vivido y trabajado ilegalmente en los Estados Unidos porque está siendo pedida por su hija estadounidense. Sin embargo, ella tendrá que llenar otros requisitos para obtener la residencia permanente y tiene que ser evaluada muy cuidadosamente por un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite.
En tu caso y el de tus hijas que son DREAMers, ustedes también podrían ser pedidos por tu hija estadounidense. Sin embargo, ustedes probablemente tendrían que salir fuera del país para obtener la residencia permanente porque han vivido ilegalmente en los Estados Unidos. Al salir fuera del país, ustedes podrían estar sujetos a la ley del castigo que no les permitiría regresar a los Estados Unidos por un período de entre 3 y 10 años, al menos que se les otorgue un perdón.
Es probable que tú y tus hijas que son DREAMers no puedan tomar ventaja del nuevo perdón provisional a la ley del castigo por medio de tu hija estadounidense. Para ser elegible para este nuevo beneficio migratorio, tú tendrías que tener un padre o cónyuge ciudadano estadounidense para quien sería un extremo perjuicio que no te dieran la residencia permanente. Al menos que tus padres sean ciudadanos estadounidenses, tú no podrás pedir el perdón provisional a la ley del castigo.
Tus hijas DREAMers no son elegibles para solicitar un perdón provisional a la ley del castigo por medio de la petición familiar de su hermana estadounidense. Este beneficio migratorio es solo para padres, cónyuges o hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.
Posted in H-1B, inmigrantes indocumentados, Ley del castigo, Perdones, Residencia Permanente, Visas Temporales
Posted on 26 September 2012. Tags: abogado, adultos, attorney, BIA, Corte de Apelacion Federal del Noveno Circuito, Corte Suprema de los Estados Unidos, CSPA, hijos menores, jovenes, lawyer, Los Angeles, new york, niño, noveno circuito, nueva york, padres, residencia permanente, USCIS
La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito hoy dictaminó que la ley de inmigración federal da prioridad a los hijos de residentes legales que se hicieron adultos mientras esperaban años para una visa.
Este fallo no es final, pero de ratificarse, podría cambiar la situación para miles de hijos de residentes legales.
Durante años, la ley de inmigración estipulaba que hijos menores de edad de inmigrantes que solicitaban la residencia estarían excluidos de la fecha de prioridad de la visa de sus padres si cumplían los 21 años mientras esperaban la resolución del proceso.
Como los Estados Unidos emite un número limitado de visas de inmigrantes patrocinados por familiares cada año y debido a las serias demoras en el procesamiento de los casos, a veces los niños incluidos dentro la solicitud cumplían sus 21 años durante la espera.
Básicamente, a los 21 años los hijos tenían que iniciar una nueva solicitud. Al hacerlo, obtenían fechas de prioridad para visas mucho más tardías a las de sus padres.
Reconociendo el problema de los atrasos en el procesamiento de peticiones familiares, en el 2002 el Congreso aprobó el Acta de Protección de Estatus de Menores (CSPA, siglas en inglés). Una sección de esa ley permite que algunos solicitantes que hayan cumplido 21 años durante el proceso de la petición familiar puedan conservar la fecha de prioridad original emitida tras la recepción de la petición original. Esto significaría que los hijos mantendrían la misma prioridad de sus padres para obtener la visa.
Sin embargo, cuando el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS) y la Junta de Apelaciones de Inmigración rechazaron esta cláusula como justificativo para permitir que jóvenes mayores de 21 años mantuvieran la fecha de prioridad de sus padres, un grupo inició una demanda colectiva en contra de las agencias del gobierno.
Tras analizar el caso, el tribunal del Noveno Circuito, basado en San Francisco, hoy determinó que la clásula del Acta de Protección de Estatus de Menores efectivamente autoriza la conversión automática y retención de la fecha de prioridad para los hijos de beneficiarios de visas que hayan cumplido 21 años durante el período de espera.
La importancia de este fallo es que sentará precedente para otras demandas y para autorizar la retención de fechas de prioridad para los hijos de inmigrantes incluidos en peticiones familiares, sin importar que cumplan 21 años durante la espera de la visa.
Pero lamentablemente, por el momento, esta decisión solo es válida para los estados que están dentro de la jurisdicción del Noveno Circuito. Estos son: Alaska, Arizona, California, Hawaii, Idaho, Montana, Nevada, Oregon y Washington.
Existe la posibilidad que se apele la decisión de la Corte del Noveno Circuito, llevando el caso a la Suprema Corte de los EEUU. De ser así, el fallo de la Suprema Corte del país se convertiría en ley federal para todo el país.
Posted in Residencia Permanente
Posted on 20 August 2012. Tags: accion diferida, ayuda gratuita o bajo costo, ciudadanos, consulta migratoria, conyuge, esposa, hijos, indocumentada, indocumentado, inmigracion, inmigracion blog, ley del castigo, Los Angeles, Nelson A. Castillo, nueva york, padres, perdon, personas elegibles, peticion familiar, propuesta, representantes acreditados, requisitos, residencia permanente, residente permanente, Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, unlawful presence, USCIS, waiver
En mi columna de La Opinión esta semana contesto varias preguntas de lectores sobre la propuesta de cambio a la ley del castigo y el programa de acción diferida para jóvenes indocumentados. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.
¿Solo hablan de acción diferida, pero qué pasó con la nueva ley que establecería un perdón provisional a la ley del castigo? – Javier L.
Aún no hay una fecha establecida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) para que entre en vigor este nuevo reglamento. Ya terminó el período de escrutinio público. Se presentaron muchos comentarios a favor y en contra de la propuesta. El USCIS continúa evaluando los comentarios y publicará un reglamento final. No se sabe cuánto tiempo más tomará ese proceso.
Debe recalcarse que la nueva propuesta solo cubriría a familiares inmediatos -padres, esposos e hijos solteros menores de 21 años- de ciudadanos norteamericanos que llenen los debidos requisitos.
Soy una joven indocumentada y no hablo muy bien el inglés. ¿Podré solicitar acción diferida? – Janet S.
No tienes que hablar inglés perfectamente para calificar para el programa de acción diferida. Por lo general, el programa solamente requiere que tú tengas entre 15 y 30 años de edad. Además, debes haber llegado a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años; haber vivido continuamente en EEUU por lo menos cinco años antes del 15 de junio del 2012 y estar presente actualmente en el país; haber entrado sin inspección antes del 15 de junio del 2012 o tu estatus legal de inmigración expiró el 15 de junio del 2012; haberte graduado o estar cursando la escuela secundaria; ser veterana de las fuerzas armadas; y no haber cometido ciertos crímenes o representar una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública.
Tengo poco dinero y necesito ayuda para solicitar acción diferida. ¿Adónde encuentro una lista de organizaciones sin fines de lucro autorizadas para hacer trámites inmigratorios? – Miguel M.
Por ley, solamente abogados con licencia y representantes acreditados por el gobierno federal pueden dar asesoría legal. Puedes encontrar un listado de las organizaciones sin fines de lucro y personas acreditadas para ayudar a inmigrantes visitando la página web: http://1.usa.gov/PlMFO7. Estas organizaciones deben ayudarte de forma gratuita o a un bajo costo. Asegúrate que solamente abogados o representantes acreditados te den consejos legales. No aceptes asesoría legal de la recepcionista, secretaria o asistente legal (paralegal, en inglés).
Posted in Accion Diferida, Ley del castigo, Residencia Permanente
Posted on 06 June 2012. Tags: abogado, acta de nacimiento, arresto, attorney, boletin de visas, ciudadania, consulta migratoria, crimines, departamento de estado de Estados Unidos, enmendar, immigration, La Opinion, lawyer, Los Angeles, new york, nueva york, padres, permiso de trabajo, peticion familiar, residencia permanente, solicitud, visa de turista
Esta semana en mi columna en La Opinión contesto preguntas de lectores. Recuerden que respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.
Soy residente permanente y fui arrestada en el pasado. ¿Puedo solicitar la ciudadanía norteamericana? – Ingrid R.
Para hacerte ciudadana tienes que llenar varios requisitos, incluyendo demostrar que tienes buena conducta moral. Ciertos crímenes hacen que la persona no sea elegible para la ciudadanía. Lleva tu archivo criminal a un abogado de inmigración para que evalúe tu caso y determine si eres elegible antes de solicitar la ciudadanía.
Mi esposa y yo somos mexicanos. Entramos a los Estados Unidos con visa de turista y nos quedamos. Tenemos tres hijos ciudadanos norteamericanos. El mayor tiene 22 años. En el acta de nacimiento de mi hijo mayor escribieron mal mi nombre. ¿Puede mi hijo pedirme para la residencia permanente? – Marco C.
Tu hijo mayor de edad que es ciudadano norteamericano podría pedirte a ti y a tu esposa. El acta de nacimiento tiene que listar correctamente sus nombres para probar el parentesco. Además, tendrán que llenar otros requisitos. Para corregir tu nombre en el acta de nacimiento de tu hijo tendrás que solicitar ayuda en la Oficina del Registro Civil (Office of Vital Records) del Departamento de Salud Pública del Estado de California. Ellos te indicarán los documentos necesarios que tendrás que presentar para enmendar el acta de nacimiento de tu hijo.
Soy mexicano y mi padre es residente permanente de EEUU. El metió la petición I-130 para mí en el 2000 y nos aprobaron la petición. Actualmente tengo 34 años y estoy soltero. ¿Cuándo habrá una visa disponible para mí? ¿Puedo obtener un permiso de trabajo mientras espero? – Delfino P.
La solicitud que metió tu padre para tí está bajo la categoría F2B que beneficia a hijos mayores de 21 años de residentes permanentes. Según el Boletín de Visas de junio del 2012, el Departamento de Estado de EEUU está procesando casos de mexicanos en esa categoría con fecha de prioridad antes del 1 de enero de 1992. Estas fechas a veces cambian. Debes monitorear el Boletín de Visas para ver cómo va tu caso. Mientras esperas por tu visa no podrás obtener un permiso de trabajo por medio de la solicitud de tu padre.
Posted in Ciudadania, Residencia Permanente, Visas Temporales