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Segmento de reforma migratoria en “Al Punto”

Este domingo tuve la oportunidad de participar en un panel en el programa “Al Punto” de Univision para hablar sobre la reforma migratoria y contestar algunas preguntas.

Durante el transcurso del segmento, el Sr. Juan José Gutiérrez, que no es abogado con licencia o representante acreditado por el gobierno federal, dijo que personas no autorizadas por la ley pueden dar consejos legales a inmigrantes.  Además, dijo que todas la personas con ordenes de deportación podrán solicitar para el programa de legalización propuesto recientemente en el Senado de los Estados Unidos.

Sus comentarios me alarmaron y preocuparon mucho y yo insistí sobre la importancia de representación legal para realizar trámites inmigratorios.  Además, aclaré que no todas las personas con órdenes de deportación podrán solicitar para el programa de legalización del Senado si se llegará aprobar.  Así está estipulado en las páginas 70 al 76 del proyecto legal.

La ley de inmigración no requiere que un solicitante de beneficios migratorios sea representado por un abogado de inmigración.  Sin embargo, si la persona no puede representarse sola y necesita ayuda, el gobierno federal solamente autoriza a abogados con licencia, estudiantes de derecho que son supervisados por abogados, y representantes acreditados por la Junta de Apelaciones de Inmigración, para dar consejos legales y representarlos ante al Servicio de Ciudadania e Inmigracion de los Estados Unidos (USCIS) y la corte de inmigración.

Estos requisitos están delineados en las siguientes páginas web del USCIS: http://tinyurl.com/3vrduou y http://tinyurl.com/c6wtpsb.

La ley de inmigración es complicada y solicitar un beneficio migratorio no es solo cuestión de llenar un formulario. Antes de comenzar cualquier trámite migratorio, hay que hacer un análisis legal para determinar si la persona es elegible para el beneficio que piensa solicitar.

Cada caso es distinto y aquí entran en juego muchos factores dentro del historial de la persona.  Por ejemplo, ¿la persona entró legalmente al país? ¿Entró con visa, pero quedó indocumentada? ¿Salió fuera de los Estados Unidos y regresó al país después de haber quedado indocumentado? ¿Tiene algún récord criminal?  Estas son solo algunas de las preguntas, cuyas respuestas podrían cambiar el resultado de una solicitud para beneficios migratorios.

Tenga mucho cuidado con cualquier persona que le garantice conseguirle sus papeles.  Es imposible garantizar un resultado cuando se hace un trámite migratorio porque el gobierno federal es el que decide si un caso migratorio es aprobado o negado.  Puede leer otros consejos de como evitar ser víctima de fraude haciendo clic aquí.

Si la información en una solicitud es verdadera, o sea, si el solicitante no ha mentido, y si cumple con los requisitos pautados por la ley, el inmigrante debería ser aprobado por el beneficio que solicita.

Si la persona es de escasos recursos y no puede pagar a un abogado privado, debe ir a una organización sin fines de lucro que tiene abogados o representantes legales acreditados por el gobierno federal para recibir ayuda.

Es una pena poner en riesgo su futuro legal en este país por no acudir a profesionales legales.  Muchas personas optan por acudir a notarios, consultores de inmigración, llena papeles y multi-servicios porque piensan que les cobrarán menos.  Eso es un gran error.

Primero, si un notario, consultor de inmigración o llena papeles le da consejos legales, está rompiendo la ley.  Es ilegal que den consejos.  Segundo, conozco muchos casos de clientes que han venido a mi, después de haber perdido miles de dólares con un notario, consultor de inmigración o llena papeles, sin obtener resultados o lo que es peor, cuyo caso fue perjudicado porque presentaron formularios equivocados al USCIS o la corte de inmigración.

Aquí pueden ver el segmento que salió en “Al Punto”, que dura casi 14 minutos:

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Cifra récord: deportan a casi 410.000 en el último año

El gobierno del Presidente Barack Obama deportó a 409.849 personas durante el año fiscal 2012 (octubre 2011 – septiembre 2012), casi 13.000 más que el año anterior.  Esto, a pesar que a mediados del 2011 anunció que suspendería la deportación de 300.000 inmigrantes indocumentados en proceso de ser removidos del país mientras hacían una evaluación de cada caso para enfocar esfuerzos en casos de alta prioridad.

En agosto del año pasado, John Morton, el director del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) aseguró que su agencia se dedicaría a la expulsión de criminales convictos y aquellos que puedan ser una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

Según las cifras reveladas hoy por ICE, de las 409.849 personas deportadas, 225.390 - un poco más de la mitad – fueron declarados culpables de delitos graves o delitos menores.  Estos son algunos de los números de extranjeros sentenciados según los delitos en el año fiscal 2012:

Homicidio:                                                            1.215 extranjeros

Delitos sexuales:                                                 5.557 extranjeros

Delitos relacionados con drogas:               40.448 extranjeros

Conducir bajo influencia (intoxicados):   36.166 extranjeros

 

A comparación, en el año fiscal 2011, ICE deportó a 396.906 personas, de las cuales 216.698 fueron declaradas culpables de cometer crímenes o delitos, incluyendo:

sentenciados por homicidio:                                         1.119 extranjeros

sentenciados por delitos sexuales:                              5.848 extranjeros

sentenciados por delitos vinculados con drogas:  44.653 extranjeros

sentenciados por conducir intoxicados:                  35.927 extranjeros

 

Como podemos ver, hubo un aumento en el número de deportaciones del 2011 al 2012 – después de que se hubiera anunciado el uso de “discreción procesal” para evaluar casos y procesar más rápidamente a indocumentados con antecedentes penales graves.

Además de presentar su informe del número de deportados en el año fiscal 2012, ICE emitió una nueva guía nacional para la emisión de notificaciones que requieran la colaboración de agencias de policía locales en la recopilación de información sobre indocumentados y asistencia para su detención. Esta guía  restringe el uso de órdenes de detención contra las personas detenidas por delitos menores, como infracciones de tráfico, para dedicar los recursos disponibles a aprehender a criminales convictos, delincuentes en serie y otras prioridades de ICE.

ICE también anunció que no renovarán acuerdos con agencias de policía estatales y locales para el polémico programa migratorio 287(g), que les permitía realizar labores de inmigración.

ICE considera que otros programas, como Comunidades Seguras, son un uso más eficiente de sus recursos para concentrarse en casos de alta prioridad.

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USCIS provee más detalles sobre la implementación del programa de acción diferida

Hoy participé en una llamada con Alejandro Mayorkas, Director del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), quien proporcionó más información sobre la implementación del programa de acción diferida que beneficiará a cientos de miles de jóvenes indocumentados. Bajo esta directiva, ciertos jóvenes no podrán ser deportados del país por un período de dos años, sujeto a renovación, y recibirán una autorización de empleo si pueden demostrar “una necesidad económica para el empleo”.

USCIS reafirmó que el 15 de agosto se publicará el formulario para solicitar acción diferida y empezarán a recibir solicitudes de aquellas personas que no estén detenidas por el gobierno federal. Mientras tanto, no envíen ninguna solicitud al gobierno porque será rechazada.

Además, USCIS anunció que el costo del trámite será de $465  ($85 para la huellas digitales y $380 para solicitar un permiso de trabajo). Si no necesita un permiso de trabajo, no tiene que enviar los $380.  Además, no habrá una exención de pago al menos que la persona llene ciertos requisitos que demuestren una gran necesidad.

Es importante recalcar que NO todos los jóvenes que entraron a los EE.UU. de forma indocumentada siendo menores de edad serán elegibles. Por eso es imprescindible que consulten con un abogado de inmigración antes de solicitar la acción diferida para estar seguro que llenan todos los requisitos.

Bajo esta directiva, los jóvenes deben demostrar que cumplen con los siguientes criterios para ser elegibles:

1) haber llegado a los Estados Unidos siendo menor de 16 años de edad;

2) haber tenido menos de 31 años el 15 de junio del 2012.

3) haber vivido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio del 2007 hasta el presente;

4) haber estado presente físicamente en los EE.UU. el 15 de junio del 2012 y al momento de solicitar la acción diferida;

5) haber entrado indocumentado antes del 15 de junio del 2012, o el estado legal de la persona se venció el 15 de junio del 2012;

6) está asistiendo actualmente a la escuela, se ha graduado de la escuela secundaria, ha obtenido un certificado de desarrollo de educación general (GED), o es un veterano que ha sido dado de alta con honores de los Guardacostas o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;

7) no ha sido condenado por un delito mayor, un delito menor significativo, múltiples delitos menores ni representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

Quienes pueden solicitar acción diferida:

1. Personas con una orden final de deportación

2. Personas cuyos casos en el pasado fueron cerrados administrativamente o finalizados por un juez de inmigración

3. Personas que en el pasado optaron por no aceptar una oferta para finalizar o cerrar sus casos administrativamente

4. Personas a quienes en el pasado se les negó una solicitud para cerrar administrativamente o finalizar sus casos de inmigración

Otros datos importantes de saber:

1. Si una persona está a punto de ser removida del país y cree que es elegible para acción diferida, debe contactar inmediatamente al Centro para el Cumplimiento de la Ley (Law Enforcement Support Center) del Departamento de Seguridad Interna de EE.UU. (DHS) llamando al 1-855-448-6903. La oficina está abierta las 24 horas al día, todos los días de la semana.

Además, pueden llamar a la Oficina del Defensor Público (Office of the Public Advocate) del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) para pedir ayuda. Su número de teléfono es el 1-888-351-4024 y están abiertos de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. También, pueden enviarles un correo electrónico a EROPublicAdvocate@ice.dhs.gov.

2. ICE y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) no deben detener a personas elegibles para acción diferida o ponerlas en proceso de deportación. Si cree que ICE ó CBP han violado esta directriz, por favor llamen al Centro para el Cumplimiento de la Ley y a la Oficina del Defensor Público.

3. Todo solicitante tendrá que dar sus huellas digitales para una investigación de su récord criminal. Si tiene algún antecedente criminal, consulte con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite.

4. Todo solicitante de acción diferida debe entregar evidencia que demuestre su elegibilidad para el programa. Ejemplos de evidencia que se puede enviar con la solicitud incluyen:

- récords financieros, médicos, escolares, o aquellos relacionados con el empleo o el servicio militar

- diplomas, certificado de GED, reportes académicos, o el certificado de materias aprobadas

- reporte oficial de separación, récords de servicio militar, y récords de salud asociados con el servicio militar

5. Una persona que conscientemente hace una representación falsa ante ICE o el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), o no divulgue datos relevantes para poder recibir acción diferida o autorización de empleo bajo este nuevo proceso podría ser sujeto a la presentación de cargos criminales y ser considerado como un caso de alta prioridad, resultando en su posible deportación de los Estados Unidos.

6. Según DHS, un delito mayor (felony) es una ofensa federal, estatal o local de carácter criminal que conlleva una pena de cárcel de un año o más.

7. Según DHS, un delito menor significativo (significant misdemeanor offense) es una ofensa federal, estatal o local de carácter criminal que conlleva una pena de cárcel de menos de un año o sin cárcel que envuelve: violencia, amenazas, o asalto, incluyendo violencia domestica; abuso sexual o explotación; robo, hurto, fraude; manejar bajo el estado de intoxicación o drogas; obstrucción de la justicia o soborno; fuga ilegal del arresto, prosecución o la escena de un accidente; posesión ilegal de armas de fuego; distribución o tráfico de drogas; o posesión ilegal de drogas.

8. Una persona que no ha sido encontrada culpable de un delito menor no significativo (non-significant misdemeanor), pero ha sido encontrada culpable de tres o más delitos menores no relacionados al mismo acto, omisión, o esquema de conducta, no será considerado elegible para acción diferida.

9. Por lo general, infracciones menores de tráfico, tales como haber manejado sin licencia, no serán considerado como un delitos menores. También, delitos cometidos por adolescentes no descalificaran automáticamente al menos que el adolescente haya sido enjuiciado como adulto o el historial criminal de la persona visto en su totalidad descalifique a la persona.

10. Ejemplos de actos que representan una amenaza para la seguridad nacional o para la seguridad pública son membresía en pandillas o gangas, participación en actividad criminal, o participación en actividades que amenazan a los Estados Unidos.

11. Personas a quienes se les niegue su solicitud de acción deferida aún podrán ser considerados para el ejercicio de discreción procesal en base a lo establecido en el Memorándum del Ejercicio de Discreción Procesal publicado por ICE en junio del 2011.

12. Personas NO tendrán la oportunidad de apelar decisiones de ICE ó USCIS basadas en el ejercicio de discreción procesal, incluyendo acción diferida. ICE y USCIS desarrollarán protocolos para la revisión de estos casos por parte de supervisores como parte del plan de implementación de este nuevo programa.

13. Los familiares inmediatos, incluyendo dependientes de personas que reciban acción diferida no podrán obtener acción diferida al menos que ellos independientemente también cumplan con los debidos requisitos del programa.

14. En caso que la solicitud para acción diferida sea negada, USCIS se reserva el derecho de referir el caso a ICE para deportación. Por lo general, USCIS solamente referirá a personas a ICE si tienen antecedentes criminales o se determina que cometieron fraude.

15. Personas que reciban acción diferida podrán viajar fuera del país con un permiso de reingreso (Advance Parole) siempre y cuando tenga una razón valida de tipo humanitario, educacional o de negocios. No vayan a salir del país sin antes consultar con un abogado de inmigración ya que la ley del castigo podría aplicarles y complicarles sus trámites de residencia permanente en el futuro.

16. Para obtener una exención de pago de las tarifas del USCIS la persona tendrá que solicitar la exención antes de someter la solicitud de acción diferida y proveer evidencia que demuestre una de las siguientes condiciones:

* tener menos de 18 años de edad, estar sin hogar, vivir en hogares de guarda o de lo contrario carece de cualquier tipo de apoyo familiar los padres o de otro tipo, y su ingreso es menos del 150% del nivel de pobreza en EE.UU.

* ser incapaz de cuidar de sí mismo, porque sufre de una discapacidad grave, crónica y su ingreso es menos del 150% del nivel de pobreza en EE.UU.

* haber acumulado $25.000 o más en deuda en los últimos 12 meses antes de la fecha cuando solicite acción diferida como resultado de gastos médicos no reembolsados para usted o un familiar inmediato, y su ingreso es menos del 150% del nivel de pobreza en EE.UU.

17. Personas que actualmente tienen estatus legal temporal tal como visa de estudiante, estatus de protección temporal (TPS), etc., no podrán solicitar para el programa de acción diferida.

18. Las solicitudes de acción diferida se decidirán individualmente caso por caso. El DHS no ofrece ninguna garantía de que las solicitudes sean concedidas.

19. La acción diferida no es una residencia permanente ni lleva hacia la ciudadanía. Solo el Congreso puede otorgar estos derechos.

20. El programa de acción diferida puede ser rescindido en cualquier momento a la discreción de DHS o ser renovado por la agencia.

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¿Podré obtener la residencia permanente por medio de acción diferida?

Continúan las dudas sobre el programa de acción diferida que el gobierno federal recientemente otorgó a cientos de miles de jóvenes indocumentados. En mi columna de La Opinión de esta semana sigo contestando a algunas de las preguntas que he recibido de lectores. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

¿Cuándo entra en vigor el programa de acción diferida? – Jaime P.

Durante una presentación ante el Comité Judicial de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, Janet Napolitano, Secretaria del Departamento de Seguridad Interna (DHS), anunció la semana pasada que los procedimientos para solicitar el programa de acción diferida se darán a conocer el 1ro de agosto y las solicitudes de autorización de estadía y autorización de empleo comenzarán a aceptarse para personas que no estén actualmente detenidas o en proceso de deportación a partir del 15 de agosto.

Hasta entonces, no envíen ninguna solicitud porque será rechazada.

Para quienes ya están en proceso de deportación y cumplen con los debidos requisitos, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) ya está otorgando acción diferida durante un período de dos años, sujeto a renovación.

Napolitano también anunció que ICE ya otorgó acción diferida aproximadamente a 1,000 personas.

Si una persona está a punto de ser removida del país y cree que es elegible para acción diferida, debe contactar inmediatamente al Centro para el Cumplimiento de la Ley (Law Enforcement Support Center) del DHS llamando al 1-855-448-6903.

La oficina está abierta 24 horas al día, todos los días de la semana.

Además, pueden llamar a la Oficina del Defensor Público (Office of the Public Advocate) de ICE para pedir ayuda al 1-888-351-4024. Están abiertos de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. También, pueden enviarles un correo electrónico a EROPublicAdvocate@ice.dhs.gov.

¿Podré obtener la residencia permanente por medio de acción diferida? – Lidia L.

La acción diferida no es una residencia permanente ni lleva hacia la ciudadanía. Solo el Congreso de Estados Unidos puede otorgar estos derechos.

Tuve problemas con la ley en el pasado. ¿Seré investigado por el gobierno federal cuando solicite acción diferida? – Victor C.

Todo solicitante tendrá que dar sus huellas digitales para una investigación de su récord criminal. Si tiene algún antecedente criminal, consulte con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite.

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Se anuncian plazos para implementación de acción diferida

Los DREAMers pronto tendrán el tan esperado alivio del amparo administrativo, conocido como el programa de acción diferida, anunciado el 15 de junio por Janet Napolitano, Secretaria del Departamento de Seguridad Interna (DHS).

Durante una presentación ante el Comité Judicial de la Cámara de Representantes, Napolitano hoy anunció que los procedimientos para solicitar el programa de acción diferida se darán a conocer el 1ro de agosto y las solicitudes de autorización de estadía y autorización de empleo comenzarán a aceptarse a partir del 15 de agosto.

El programa de acción diferida establece que ciertos jóvenes que fueron traídos ilegalmente a los Estados Unidos como niños pequeños, que no presenten un riesgo para la seguridad nacional o seguridad pública, y que cumplen con varios criterios claves serán considerados para permanecer legalmente en el país y evitar un proceso de deportación.

Haga clic aquí para leer la lista de requisitos para ser elegibles al programa.

 

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¿Qué podría pasar si se miente en solicitud de acción diferida?

Continúan las dudas sobre los distintos aspectos de elegibilidad para la acción diferida que el gobierno federal recientemente otorgó a cientos de miles de jóvenes indocumentados. En mi columna de La Opinión de esta semana sigo contestando a algunas de las preguntas que he recibido de lectores. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

Llegué a Estados Unidos en el 2008 a la edad de 14 años. Me acabo de graduar de la secundaria. Sé que no califico para acción diferida porque no he vivido por lo menos 5 años en EEUU antes del anuncio del programa. Mis amigos me dicen que debería enviar una solicitud cuando se abra el periodo de inscripción y mentir acerca de cuando vine a EEUU. ¿Qué me pasaría si al revisar mi solicitud el gobierno se da cuenta que mentí? – Leonor S.

No te recomiendo que mientas. Una persona que conscientemente haga una representación falsa ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) o el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), o no divulgue datos relevantes para poder recibir acción diferida o autorización de empleo bajo este nuevo proceso, podría ser sujeto a cargos criminales. Esto podría hacer que su caso sea considerado de alta prioridad, resultando en su posible deportación de los Estados Unidos.

¿Podré viajar fuera del país si me otorgan acción diferida? – Miguel P.

USCIS todavía no ha dicho si personas que reciban acción diferida podrán viajar fuera del país con un permiso de reingreso (Advance Parole). Aún si le permitieran viajar, toda persona que después del 1 de abril de 1997 haya acumulado tiempo de indocumentado de más de 180 días consecutivos después de la edad de 18 años debe consultar a un abogado de inmigración antes de salir del país, porque el viaje podría activar la ley del castigo. Esta ley penaliza a una persona entre 3 a 10 años, no permitiéndole hacerse residente permanente de EEUU a menos que consiga un perdón.

Fui encontrado culpable de un delito mayor. ¿Soy elegible para solicitar acción diferida? – Oscar D.

No eres elegible para solicitar acción diferida.Según el Departamento de Seguridad Interna de EE.UU., un delito mayor (felony) es una ofensa federal, estatal o local de carácter criminal que conlleva una pena de cárcel de un año o más. Es imprescindible que consultes con un abogado de inmigración para evaluar tus opciones legales.

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¿Qué documentos necesita para demostrar elegibilidad para acción diferida?

Siguen lloviendo preguntas sobre acción diferida. Por eso, esta semana en mi columna de La Opinión, sigo contestando algunas de ellas. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

¿Qué clase de documentos podré enviar con mi solicitud para acción diferida? – Carlos L.

Todo solicitante de acción diferida debe entregar evidencia que demuestre su elegibilidad para el programa. Ejemplos de evidencia que se pueden enviar con la solicitud incluyen:

- récords financieros, médicos, escolares, o aquellos relacionados con el empleo o servicio militar

- diplomas, certificado de GED, reportes académicos, o certificado de materias aprobadas

- reporte oficial de separación, récord de servicio militar, y récord de salud asociados con el servicio militar

Mi esposo entró indocumentado a los Estados Unidos en el 2009 y desea inscribirse al programa de acción diferida por medio de mí. ¿Es posible? – Ángela S.

Los familiares inmediatos (cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres) de personas que reciban acción diferida no podrán obtener acción diferida al menos que ellos independientemente también cumplan con los requisitos del programa.

Fui encontrada culpable de manejar ebria. ¿Soy elegible para el programa de acción diferida? – Carmen T.

Personas que fueron encontradas culpables de un delito menor significativo (significant misdemeanor offense) no son elegibles para acción diferida. Según el Departamento de Seguridad Interna de EEUU (DHS), un delito menor significativo -como por ejemplo robo, hurto, fraude y manejar bajo el estado de intoxicación o drogas- es una ofensa federal, estatal o local de carácter criminal que conlleva una pena de cárcel de menos de un año o sin cárcel. Es posible que este requisito sea modificado en el futuro. Es imprescindible que consultes con un abogado de inmigración antes de comenzar cualquier trámite.

Si mi solicitud de acción diferida es negada, ¿podré apelar la decisión? – Magdalena T.

No habrá oportunidad de apelar decisiones del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) o el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS), basadas en el ejercicio de discreción procesal, incluyendo acción diferida. ICE y USCIS desarrollarán protocolos para la revisión de estos casos por parte de supervisores como parte del plan de implementación de este nuevo programa.

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¿Cuándo entra en vigor el programa de acción diferida?

La decisión del gobierno federal de otorgarle acción diferida a cientos de miles de jóvenes indocumentados ha generado muchas preguntas de los lectores. Esta semana, en mi columna de La Opinión, contesto alguna de ellas.

Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

¿Cuando entra en vigor el programa de acción diferida? – Karla L.

Se estima que en 60 días a partir del 15 de junio del 2012 se empiece a implementar el programa para quienes no están detenidos por el gobierno federal. Mientras tanto, no envíen ninguna solicitud porque será rechazada.

Para quienes ya están en proceso de deportación y cumplen con los requisitos, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) comenzará inmediatamente a ofrecerles acción diferida durante un período de dos años, sujeto a renovación.

Si una persona está a punto de ser removida del país y cree que es elegible para acción diferida, debe contactar inmediatamente al Centro para el Cumplimiento de la Ley (Law Enforcement Support Center) del Departamento de Seguridad Interna de EE.UU. (DHS) llamando al 1-855-448-6903. La oficina está abierta 24 horas al día, todos los días de la semana.

Además, pueden llamar a la Oficina del Defensor Público (Office of the Public Advocate) de ICE para pedir ayuda al 1-888-351-4024. Están abiertos de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

También, pueden enviarles un correo electrónico a EROPublicAdvocate@ice.dhs.gov.

Mi hijo entro a este país de 3 años y ahora tiene 10. Está estudiando en la escuela. ¿Podrá mi hijo tomar ventaja de la nueva ley? – Doris M.

Tu hijo está muy joven para inscribirse en el programa de acción diferida.

Los solicitantes de acción diferida deben tener entre 15 y 30 años de edad. Además, para ser elegible, deben haber llegado a los EEUU antes de cumplir 16 años; haber vivido continuamente en EEUU por lo menos cinco años antes del 15 de junio del 2012 y estar presente actualmente en el país; ser graduado o estar cursando la escuela secundaria; ser veterano de las fuerzas armadas; no haber cometido ciertos crímenes.

Cuando tu hijo cumpla 15 años y si el programa de acción diferida aún existe, él podrá inscribirse en el programa si llena todos los requisitos.

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Porqué no deben tener miedo de solicitar acción diferida

Hay muchas expectativas ante el anuncio del cambio de política inmigratoria que ayudaría a estudiantes indocumentados. Pero también hay muchas dudas sobre algunos de los requisitos. En los próximos días, a medida que el gobierno emita más información, iré esclareciendo esas dudas.

En mi columna de La Opinión de esta semana, explico qué significa ”ejercicio de la discreción” y “acción diferida”, y porqué todo jóven elegible debe solicitarla en cuanto se abra el plazo para hacerlo.

Aquí está mi columna:

Cientos de miles de estudiantes indocumentados, conocidos como “DREAMers”, recibieron con emoción, alivio y esperanza la directiva del presidente Obama que cesen las deportaciones y se evalúen los casos de jóvenes que llegaron a los Estados Unidos cuando eran niños para permitirles permanecer legalmente en el país. Pero pasada la euforia del momento, es importante entender qué significa todo, quién califica, cómo y cuándo iniciar el trámite.

El cambio en la política inmigratoria anunciado el viernes pasado estipula que agentes del Departamento de Seguridad Interna de Estados Unidos (DHS) podrán hacer uso del “ejercicio de la discreción”, específicamente la acción diferida, para aplazar la deportación de jóvenes que no son un riesgo para la seguridad nacional ni para la seguridad pública.

El ejercicio de discreción significa que el DHS evaluará cada caso. Si la persona cumple con criterios clave, será considerada para recibir acción diferida durante dos años, sujeto a renovación, y una autorización de empleo, si demuestran “una necesidad económica para el empleo”. La acción diferida no es una residencia permanente ni lleva hacia la ciudadanía.

Para ser elegibles, deben haber llegado a los EEUU antes de cumplir 16 años; haber vivido continuamente en EE.UU por lo menos cinco años antes del 15 de junio del 2012 y estar presente actualmente en el país; ser graduado o estar cursando la escuela secundaria; ser veterano de las fuerzas armadas; no haber cometido ciertos crímenes; no ser mayor de 30 años.

Aunque los cambios entraron en vigor inmediatamente, se estima que la implementación comenzará dentro de 60 días.  Por ahora, no envíen ninguna solicitud al gobierno, porque será rechazada.

Para quienes ya están en proceso de deportación y cumplen con los requisitos anteriormente descritos, ICE comenzará a ofrecerles inmediatamente la acción diferida durante un período de dos años, sujeto a renovación.

Es importante actuar. Si son elegibles, cuando llegue el momento, hagan el trámite. En el pasado, hubo personas que no solicitaron el TPS o asilo, haciendo que no fueran elegibles para NACARA porque tenían miedo de entregar su información y ser deportados en un futuro.

Siempre existe un riesgo de deportación futura si la ley cambia. Pero es mejor aprovechar y tener un estatus legal ahora y ver qué sucede más adelante. No hay que perder la esperanza de una reforma inmigratoria que resuelva permanentemente la situación de millones de indocumentados.

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DREAMers: aclaraciones sobre elegibilidad y datos importantes de acción diferida

Ayer les informé que el Departamento de Seguridad Interna (DHS) autorizó la implementación del programa de acción diferida para cientos de miles de DREAMers.  Bajo esta directiva, ciertos jóvenes no podrán ser deportados del país por un período de dos años, sujeto a renovación, y recibirán una autorización de empleo si pueden demostrar “una necesidad económica para el empleo”.

Se espera que dentro de 60 días se anuncie los pasos que hay que seguir para solicitar este beneficio.  Mientras tanto, no envíen ninguna solicitud al gobierno porque será rechazada.

Es importante recalcar que NO todos los jóvenes que entraron a los EE.UU. de forma indocumentada siendo menores de edad serán elegibles.  Por eso es imprescindible que consulten con un abogado de inmigración antes de solicitar la acción diferida para estar seguro que llenan todos los requisitos.

Bajo esta directiva, los jóvenes deben demostrar que cumplen con los siguientes criterios para ser elegibles:

1) haber llegado a los Estados Unidos siendo menor de 16 años de edad;

2) haber vivido continuamente en los Estados Unidos durante al menos cinco años antes del 15 de junio del 2012 y estar presente actualmente en país;

3) está asistiendo actualmente a la escuela, se ha graduado de la escuela secundaria, ha obtenido un certificado de desarrollo de educación general (GED), o es un veterano que ha sido dado de alta con honores de los Guardacostas o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;

4) no ha sido condenado por un delito mayor, un delito menor significativo, múltiples delitos menores ni representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública;

5) no es mayor de 30 años de edad.

Quienes pueden solicitar acción diferida:

1. Personas con una orden final de deportación

2. Personas cuyos casos en el pasado fueron cerrados administrativamente o finalizados por un juez de inmigración

3. Personas que en el pasado optaron por no aceptar una oferta para finalizar o cerrar sus casos administrativamente

4. Personas a quienes en el pasado se les negó una solicitud para cerrar administrativamente o finalizar sus casos de inmigración

Otros datos importantes de saber:

1. Si una persona está a punto de ser removida del país y cree que es elegible para acción diferida, debe contactar inmediatamente al Centro para el Cumplimiento de la Ley (Law Enforcement Support Center) de DHS llamando al 1-855-448-6903.  La oficina está abierta las 24 horas al día, todos los días de la semana.

Además, pueden llamar a la Oficina del Defensor Público (Office of the Public Advocate) del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) para pedir ayuda.  Su número de teléfono es el 1-888-351-4024 y están abiertos de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.  También, pueden enviarles un correo electrónico a EROPublicAdvocate@ice.dhs.gov.

2. ICE y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) no deben detener a personas elegibles para acción diferida o ponerlas en proceso de deportación.  Si cree que ICE ó CBP han violado esta directriz, por favor llamen al Centro para el Cumplimiento de la Ley y a la Oficina del Defensor Público.

3. Todo solicitante tendrá que dar sus huellas digitales para una investigación de su récord criminal.  Si tiene algún antecedente criminal, consulte con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite.

4. Todo solicitante de acción diferida debe entregar evidencia que demuestre su elegibilidad para el programa.  Ejemplos de evidencia que se puede enviar con la solicitud incluyen:

- récords financieros, médicos, escolares, o aquellos relacionados con el empleo o el servicio militar

- diplomas, certificado de GED, reportes académicos, o el certificado de materias aprobadas

- reporte oficial de separación, récords de servicio militar, y récords de salud asociados con el servicio militar

5. Una persona que conscientemente hace una representación falsa ante ICE o el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), o no divulgue datos relevantes para poder recibir acción diferida o autorización de empleo bajo este nuevo proceso podría ser sujeto a la presentación de cargos criminales y ser considerado como un caso de alta prioridad, resultando en su posible deportación de los Estados Unidos.

6. Según DHS, un delito mayor (felony) es una ofensa federal, estatal o local de carácter criminal que conlleva una pena de cárcel de un año o más.

7. Según DHS, un delito menor significativo (significant misdemeanor offense) es una ofensa federal, estatal o local de carácter criminal que conlleva una pena de cárcel de menos de un año o sin cárcel que envuelve: violencia, amenazas, o asalto, incluyendo violencia domestica; abuso sexual o explotación; robo, hurto, fraude; manejar bajo el estado de intoxicación o drogas; obstrucción de la justicia o soborno; fuga ilegal del arresto, prosecución o la escena de un accidente; posesión ilegal de armas de fuego; distribución o tráfico de drogas; o posesión ilegal de drogas.

8. Una persona que no ha sido encontrada culpable de un delito menor no significativo (non-significant misdemeanor), pero ha sido encontrada culpable de tres o más delitos menores no relacionados al mismo acto, omisión, o esquema de conducta, no será considerado elegible para acción diferida.

9. Ejemplos de actos que representan una amenaza para la seguridad nacional o para la seguridad pública son membresía en pandillas o gangas, participación en actividad criminal, o participación en actividades que amenazan a los Estados Unidos.

10. Personas a quienes se les niegue su solicitud de acción deferida aún podrán ser considerados para el ejercicio de discreción procesal en base a lo establecido en el Memorándum del Ejercicio de Discreción Procesal publicado por ICE en junio del 2011.

11. Personas no tendrán la oportunidad de apelar decisiones de ICE ó USCIS basadas en el ejercicio de discreción procesal, incluyendo acción diferida.  ICE y USCIS desarrollarán protocolos para la revisión de estos casos por parte de supervisores como parte del plan de implementación de este nuevo programa.

12. Los familiares inmediatos, incluyendo dependientes de personas que reciban acción diferida no podrán obtener acción diferida al menos que ellos independientemente también cumplan con los debidos requisitos del programa.

13. En caso que la solicitud para acción diferida sea negada, USCIS se reserva el derecho de referir el caso a ICE para deportación.  Por lo general, USCIS referirá a personas a ICE si tienen antecedentes criminales o se determina que cometieron fraude.

14. USCIS todavía no ha dicho si personas que reciban acción diferida podrán viajar fuera del país con un permiso de reingreso (Advance Parole).

15. USCIS no ha anunciado el costo para solicitar acción diferida.  Para aquellos que piensan pedir un permiso de trabajo, el costo actual para el tramite es de $380.  Falta que ver si USCIS permitirá solicitar una exención de pago para aquellos que no puedan pagar el costo del trámite.

16. Las solicitudes de acción diferida se decidirán individualmente caso por caso. El DHS no ofrece ninguna garantía de que las solicitudes sean concedidas.

17. La acción diferida no es una residencia permanente ni lleva hacia la ciudadanía. Solo el Congreso puede otorgar estos derechos.

18. El programa de acción diferida puede ser rescindido en cualquier momento a la discreción de DHS o ser renovado por la agencia.

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Si un familiar fue detenido por inmigración, puede intentar encontrarlo usando este buscador electrónico de ICE. Lea más sobre como encontrar a un posible detenido aquí.

Nelson A. Castillo


Nelson A. Castillo es abogado de inmigración. Es graduado de la Universidad St. John's en Nueva York, con un bachillerato en finanzas y un doctorado en leyes. Está matriculado en el Colegio de Abogados de Nueva York y puede ejercer como abogado de inmigración en todos los Estados Unidos.


Durante su trayectoria profesional ha ayudado a clientes, dentro y fuera del país, alcanzar sus objetivos inmigratorios.


Nacido en El Salvador, llegó a los Estados Unidos a los 11 años. Como otros inmigrantes, superó muchos obstáculos pero logró estudiar y trabajar en una profesión donde puede ayudar a los demás. Debido a su compromiso e incansable trabajo brindando ayuda a su comunidad, el Dr. Castillo ha recibido numerosos premios y reconocimientos.

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