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Se aproxima fecha para solicitar visa H-1B

Esta semana en mi columna ”Consulta Migratoria” publicada en línea por varias publicaciones de impreMedia incluyendo LaOpinión.com, explico cómo solicitar una visa H-1B.  Aquí está la columna:

Una de las maneras de ingresar legalmente de forma temporal a los Estados Unidos es mediante la visa H-1B que se extiende a trabajadores extranjeros profesionales que tienen ocupaciones especializadas. A partir del 1 de abril de 2013, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) estará aceptando solicitudes para estas visas para el año fiscal 2014 (1 de octubre del 2013 al 30 de septiembre del 2014). Se continuarán aceptando peticiones hasta que se agoten las visas designadas para el año fiscal.

Si desea solicitar una de estas visas, debe de comenzar a prepararse ya. La economía de Estados Unidos está mejorando y hay una gran posibilidad que estas visas se agoten dentro de las primeras semanas después que se abra el periodo de inscripción.

Actualmente hay 65.000 visas H-1B disponibles, de las cuales 6.800 son reservadas para ciudadanos de Chile y Singapur, bajo términos de tratados de libre comercio con esos países. Otras 20.000 visas son designadas para trabajadores con títulos universitarios de postgrado (maestrías y doctorados) obtenidos en EE.UU. Además, solicitudes presentadas por universidades e instituciones de investigación del gobierno o sin fines de lucro no cuentan hacia el cupo límite de las 65.000 visas; tampoco se cuentan las solicitudes de personas que están solicitando una extensión de su estatus H-1B en los EE.UU., ya sea para el mismo empleador o un nuevo empleador.

Los empleadores en EE.UU. son quienes realizan el trámite de petición de los trabajadores, no los mismos empleados. En otras palabras, los empleadores son los patrocinadores.

La H-1B es una visa de no inmigrante y una vez concedida sólo permite la contratación temporal de empleados extranjeros que tengan experiencia teórica o técnica en campos especializados, tales como científicos, ingenieros o programadores informáticos. También requiere que tengan un título universitario en la profesión especializada.

No se puede presentar una petición H-1B con más de 6 meses de antelación a la fecha del inicio de un trabajo. Para realizar el trámite, se deberá presentar evidencia del título universitario del empleado. Si el empleador indica que el trabajador califica para esta visa debido a una combinación de educación y experiencia, tendrá que proporcionar pruebas que lo confirmen en el momento de entregar la solicitud.

La visa H-1B permite la estadía de no más de seis años consecutivos, con algunas excepciones. Se permite una nueva estadía de seis años una vez que el trabajador extranjero haya pasado un año fuera de los EE.UU. tras su entrada inicial al país.

La visa H-1B permite al no-inmigrante solicitar la residencia permanente por medio de una visa de inmigrante familiar o de empleo sin perjudicar su actual estatus migratorio. Por favor consulten con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite.

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Perdón provisional a la ley del castigo entra en vigor

El proceso para solicitar el perdón provisional a la ley del castigo (Provisional Unlawful Presence Waiver) entra en vigor hoy, 4 de marzo del 2013. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ya publicó el Formulario I-601A para solicitar este beneficio migratorio.

Anteriormente, les expliqué que no todas las personas serán elegibles para un perdón provisional a la ley del castigo.

Es de suma importancia consultar con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite para la residencia permanente para estar seguro que llena todos los requisitos.

No vayan a notarios, consultores de inmigracion, llena papeles o multi-servicios.

Si tiene preguntas, llame a mi oficina al 213-537-8472 para marcar una consulta privada. La consulta no es gratis.

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Perdón provisional a la ley del castigo entra en vigor el 4 de marzo

El proceso para solicitar el perdón provisional a la ley del castigo (Provisional Unlawful Presence Waiver) entrara en vigor el 4 de marzo del 2013. En las próximas semanas el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) dará más información sobre el proceso de solicitud y hará disponible el formulario para solicitar este beneficio migratorio.

Anteriormente les expliqué que no todas las personas serán elegibles para un perdón provisional a la ley del castigo. Es de suma importancia consultar con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite para la residencia permanente para estar seguro que llena todos los requisitos.

No vayan a notarios, consultores de inmigracion, llena papeles o multi-servicios.

Si tiene preguntas, llame a mi oficina al 213-537-8472 para marcar una consulta privada. La consulta no es gratis.

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USCIS sigue aceptando solicitudes para visas H-1B

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció que desde que se abrió el período de inscripción el 2 de abril, han recibido 25.000 peticiones de visas H-1B que cuentan hacia el cupo límite de 65.000 y otras 10.900 que cuentan hacia el cupo de las 20.000 dedicadas a personas con títulos universitarios de postgrado.

El USCIS seguirá proporcionando actualizaciones sobre el estatus del procesamiento de las peticiones H-1B del año fiscal 2013. Estas actualizaciones y otra información se podrá encontrar en el sitio web de USCIS.

Si el USCIS recibe el número de peticiones necesarias para cumplir con el cupo límite, notificará al público al respecto anunciando cuando fue la “fecha de recepción final.”

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EE.UU. extiende validez de visas de turista para colombianos

El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció que se extenderá la validez de los visados para colombianos que viajan de forma temporal a EE.UU. de 5 a 10 años. Esto significa que la mayoría de solicitantes colombianos que califiquen para una visa de no inmigrante categoría “B”, podría recibir una visa de 120 meses con autorización para múltiples entradas.

El gran beneficio de la extensión de validez de la visa es que colombianos que hayan calificado para una visa temporal a los EE.UU. sólo tendrán que solicitar la renovación de su visa una vez cada 10 años.

Los cambios en la reciprocidad de los visados no tendrán efecto sobre la elegibilidad de la visa o los procedimientos de inspección de seguridad. Los solicitantes de visas estarán sujetos a las mismas normas de elegibilidad para una visa de EE.UU. como antes del cambio de validez.

Aproximadamente 577.000 colombianos visitan los EE.UU. cada año, de acuerdo a cifras proporcionadas por el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos.

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Nuevas cuotas de visas entran en vigor

Las nuevas cuotas de visas inmigrantes y no-inmigrantes entraron en vigor el viernes, 13 de abril del 2012. Aumentaron las cuotas para la mayoría de las solicitudes de visas de no-inmigrante y tarjetas de cruce fronterizo, mientras que las cuotas para las solicitudes de visas de inmigrante han disminuido.

La reducción en el costo de las cuotas no son reembolsables. Si usted pagó la cuota de la visa antes del 13 de abril del 2012 y la cuota ha disminuido, NO habrá reembolso de parte del Departamento de Estado de Estados Unidos.

Si su entrevista para una visa de no-inmigrante está marcada para antes del 13 de julio del 2012, no tendrá que pagar la diferencia entre la nueva y antigua cuota. Después de esta fecha, usted tendrá que pagar cualquier diferencia entre la nueva y antigua cuota. No habrán excepciones.

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USCIS sigue aceptando solicitudes para visas H-1B

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció hoy que en la primera semana desde que se abrió el período de inscripción el 2 de abril, han recibido 17.400 peticiones de visas H-1B que cuentan hacia el cupo límite de 65.000 y otras 8.200 que cuentan hacia el cupo de las 20.000 dedicadas a personas con títulos universitarios de postgrado.

El USCIS dice que proporcionará actualizaciones sobre el estatus del procesamiento de las peticiones H-1B del año fiscal 2013. Estas actualizaciones y otra información se podrá encontrar en el sitio web de USCIS.

Si el USCIS recibe el número de peticiones necesarias para cumplir con el cupo límite, notificará al público al respecto anunciando cuando fue la “fecha de recepción final.”

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Cómo obtener una visa H-1B

En mi columna de esta semana en La Opinión, explico cómo obtener una visa H-1B:

Una de las maneras de ingresar legalmente a los Estados Unidos es mediante la visa H-1B que se extiende a trabajadores extranjeros profesionales que tienen ocupaciones especializadas.

A partir de hoy, 2 de abril, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) está aceptando solicitudes para estas visas para el año fiscal 2013 (1 de octubre del 2012 al 30 de septiembre del 2013). Se continuarán aceptando peticiones hasta que se agoten las visas designadas para el año fiscal.

Actualmente hay 65,000 visas H-1B disponibles, de las cuales 6,800 son reservadas para ciudadanos de Chile y Singapur, bajo términos de tratados de libre comercio con esos países.

Otras 20,000 visas son designadas para trabajadores con títulos universitarios de postgrado (maestrías y doctorados) obtenidos en EEUU. Además, solicitudes presentadas por universidades e instituciones de investigación del gobierno o sin fines de lucro no cuentan hacia el cupo límite de las 65,000 visas; tampoco se cuentan las de personas que están solicitando una extensión de su estatus H-1B en los EE.UU, ya sea para el mismo empleador o un nuevo empleador.

Los empleadores en EEUU son quienes realizan el trámite de petición de los trabajadores, no los mismos empleados. En otras palabras, los empleadores son los patrocinadores.

La H-1B es una visa de no inmigrante y una vez concedida solo permite la contratación temporal de empleados extranjeros que tengan experiencia teórica o técnica en campos especializados, tales como científicos, ingenieros o programadores informáticos. También requiere que tengan un título universitario en la profesión especializada.

No se puede presentar una petición H-1B con más de seis meses de antelación a la fecha del inicio de un trabajo. Para realizar el trámite, se deberá presentar evidencia del título universitario del empleado. Si el empleador indica que el trabajador califica para esta visa debido a una combinación de educación y experiencia, tendrá que proporcionar pruebas que lo confirmen en el momento de entregar la solicitud.

La visa H-1B permite la estadía de no más de seis años consecutivos, con algunas excepciones. Se permite una nueva estadía de seis años una vez que el trabajador extranjero haya pasado un año fuera de los EEUU tras su entrada inicial al país.

La visa H-1B permite al no-inmigrante solicitar la residencia permanente por medio de una visa de inmigrante familiar o de empleo sin perjudicar su actual estatus migratorio.

Por favor consulten con un abogado de inmigración antes de comenzar el trámite.

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Cambios en las cuotas de visas inmigrantes y no-inmigrantes

A partir del 13 de abril del 2012, habrán cambios en las cuotas de visas inmigrantes y no-inmigrantes y otros servicios consulares. Las cuotas para la mayoría de las solicitudes de visas no-inmigrantes aumentarán, mientras que las cuotas para procesar visas inmigrantes bajarán.

El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció que el aumento es necesario para cubrir los gastos relacionados con el procesamiento de los servicios consulares.

Los nuevos honorarios de visas y otros servicios consulares son los siguientes (por persona):

NUEVAS CUOTAS CONSULARES A PARTIR DEL 13 DE ABRIL DEL 2012
CUOTA ANTIGUA NUEVA CUOTA
Cuotas de Visa de Inmigrante y Servicios Especiales
Cuota para procesar una solicitud de visa de inmigrante
1. Visa de inmigrante basada en familia $ 330.00 $ 230.00
2. Visa de inmigrante basada en trabajo $ 720.00 $ 405.00
3. Otras visas de inmigrantes (incluyendo I-360 auto-peticionarios y solicitudes de visas de inmigrantes especiales) $ 305.00 $ 220.00
Recargo para visa de diversidad ganada en la lotería de visas $ 440.00 $ 330.00
Determinación de estatus de residente para una persona que desea regresar a los Estados Unidos $ 380.00 $ 275.00
Cuotas   de Visa de No-inmigrante
1. Visas de no-inmigrantes no basadas en una petición. Algunos ejemplos: visas de turista (B2), de visitantes de negocio (B1), y todas las visas de estudiantes y visitantes de intercambio (F, M y J). $ 140.00 $ 160.00
2. Visas de no-inmigrantes basadas en una petición.  Esta categoría de visas incluyen:

·  visa H para trabajadores temporales y aprendices

·  visa L para personas elegibles a ser transferidas dentro de una misma empresa

·   visa O para personas con aptitudes extraordinarias

·   visa P para atletas, artistas y presentadores

·   visa Q para personas que participan en un programa de intercambio cultural internacional

·   visa R para trabajadores religiosos

$ 150.00 $ 190.00
3. Visa E la cual incluye a comerciantes, inversionistas y profesionales de tratados. $ 390.00 $ 270.00
4. Visa K la cual es para novios o cónyuges de ciudadanos norteamericanos. $ 350.00 $ 240.00
5. Tarjeta de cruce fronterizo para personas de 15 ó más años (válida por 10 años). $ 140.00 $ 160.00
6. Tarjeta de cruce fronterizo para personas menores de 15 años. Esta cuota aplica para solicitantes mexicanos siempre y cuando un padre o guardián haya solicitado o vaya a solicitar una tarjeta de cruce fronterizo (válida por 10 años o hasta que el solicitante cumpla 15 años, lo que llegue primero). $ 14.00 $ 15.00

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¿Puede un universitario mexicano obtener permiso de trabajo en EE.UU.?

En mi columna de esta semana en La Opinión contesto preguntas de lectores. Aquí respondo de forma general a las dudas de lectores. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

Soy mexicano y vivo en Los Ángeles desde el mes pasado. Soy actuario titulado en la Universidad Nacional Autónoma de México, además tengo una hija de 16 años que nació en los Estados Unidos. ¿Puedo obtener un permiso de trabajo?

Tu podrías ser elegible para una visa TN si llenas todos los requisitos. Esta visa de noinmigrante está disponible para personas de origen mexicano y canadiense que tengan una carta de un empleador estadounidense que les ofrezca un trabajo en cargos profesionales, tales como actuario. Tendrás que probar que eres ciudadano mexicano, que tienes un diploma universitario como actuario, y que no tienes la intención de quedarte permanentemente en el país.

La visa TN se puede otorgar por un período de hasta tres años y puede ser renovada.

Si te aprueban para esta visa, tu podrías traer a tu esposa e hijos menores de edad que no estén casados, si los tienes.

Si entraste legalmente al país, podrías solicitar un cambio de estatus a la visa TN. También, podrías solicitar la residencia permanente por medio de tu hija. Pero eso no te ofrece una solución inmediata, porque tendrías que esperar cinco años, ya que ella solo puede pedirte cuando cumpla 21 años.

Si esperas para solicitar la residencia permanente por medio de tu hija tendrás que cumplir varios requisitos, incluyendo probar el parentesco, que ella puede mantenerte y que eres admisible al país.

Por favor consulta con un abogado de inmigración antes de comenzar cualquier trámite.

Mi hermana ciudadana norteamericana metió la petición I-130 para mí en enero del 2001 y nos aprobaron la petición. Soy de Guatemala y siempre he vivido aquí. ¿Cuándo habrá una visa disponible para mí?

La solicitud que metió tu hermana para tí está bajo la categoría 4 que beneficia a hermanos de ciudadanos. Según el Boletín de Visas de febrero del 2012, el Departamento de Estado está procesando casos de guatemaltecos en esa categoría con fecha de prioridad hasta el 8 de septiembre del 2000. Estas fechas a veces cambian. Recomiendo monitorear el Boletín de Visas para ver cómo va su caso.

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Si un familiar fue detenido por inmigración, puede intentar encontrarlo usando este buscador electrónico de ICE. Lea más sobre como encontrar a un posible detenido aquí.

Nelson A. Castillo


Nelson A. Castillo es abogado de inmigración. Es graduado de la Universidad St. John's en Nueva York, con un bachillerato en finanzas y un doctorado en leyes. Está matriculado en el Colegio de Abogados de Nueva York y puede ejercer como abogado de inmigración en todos los Estados Unidos.


Durante su trayectoria profesional ha ayudado a clientes, dentro y fuera del país, alcanzar sus objetivos inmigratorios.


Nacido en El Salvador, llegó a los Estados Unidos a los 11 años. Como otros inmigrantes, superó muchos obstáculos pero logró estudiar y trabajar en una profesión donde puede ayudar a los demás. Debido a su compromiso e incansable trabajo brindando ayuda a su comunidad, el Dr. Castillo ha recibido numerosos premios y reconocimientos.

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