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Lectores preguntan sobre ley del castigo y acción diferida

En mi columna de La Opinión esta semana contesto varias preguntas de lectores sobre la propuesta de cambio a la ley del castigo y el programa de acción diferida para jóvenes indocumentados. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

¿Solo hablan de acción diferida, pero qué pasó con la nueva ley que establecería un perdón provisional a la ley del castigo? – Javier L.

Aún no hay una fecha establecida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) para que entre en vigor este nuevo reglamento. Ya terminó el período de escrutinio público. Se presentaron muchos comentarios a favor y en contra de la propuesta. El USCIS continúa evaluando los comentarios y publicará un reglamento final. No se sabe cuánto tiempo más tomará ese proceso.

Debe recalcarse que la nueva propuesta solo cubriría a familiares inmediatos -padres, esposos e hijos solteros menores de 21 años- de ciudadanos norteamericanos que llenen los debidos requisitos.

Soy una joven indocumentada y no hablo muy bien el inglés. ¿Podré solicitar acción diferida? – Janet S.

No tienes que hablar inglés perfectamente para calificar para el programa de acción diferida. Por lo general, el programa solamente requiere que tú tengas entre 15 y 30 años de edad. Además, debes haber llegado a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años; haber vivido continuamente en EEUU por lo menos cinco años antes del 15 de junio del 2012 y estar presente actualmente en el país; haber entrado sin inspección antes del 15 de junio del 2012 o tu estatus legal de inmigración expiró el 15 de junio del 2012; haberte graduado o estar cursando la escuela secundaria; ser veterana de las fuerzas armadas; y no haber cometido ciertos crímenes o representar una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública.

Tengo poco dinero y necesito ayuda para solicitar acción diferida. ¿Adónde encuentro una lista de organizaciones sin fines de lucro autorizadas para hacer trámites inmigratorios? – Miguel M.

Por ley, solamente abogados con licencia y representantes acreditados por el gobierno federal pueden dar asesoría legal. Puedes encontrar un listado de las organizaciones sin fines de lucro y personas acreditadas para ayudar a inmigrantes visitando la página web: http://1.usa.gov/PlMFO7. Estas organizaciones deben ayudarte de forma gratuita o a un bajo costo. Asegúrate que solamente abogados o representantes acreditados te den consejos legales. No aceptes asesoría legal de la recepcionista, secretaria o asistente legal (paralegal, en inglés).

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Lectores preguntan sobre ley del castigo

Continúan las preguntas sobre la propuesta de cambio a la ley del castigo. Desafortunadamente, aún no se ha aprobado la propuesta del USCIS. A penas se tome una decisión, yo les estaré informando.

En mi columna de La Opinión esta semana contesto varias preguntas de lectores, incluyendo dos sobre la ley del castigo. Aquí respondo de forma general a sus dudas. Cada caso es distinto, por lo que deben consultar con un abogado para recibir asesoría legal personalizada.

¿Cuando entra en vigor la nueva ley que establecería un perdón provisional a la ley del castigo? – Diego D.

Aún no hay una fecha establecida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Recientemente se concluyó un periodo de escrutinio público. Se presentaron muchos comentarios a favor y en contra de la propuesta. Ahora el USCIS evaluará los comentarios y publicará un reglamento final. No se sabe cuánto tiempo tomará ese proceso. Es importante recalcar que la nueva propuesta solo cubriría a familiares inmediatos – padres, esposos e hijos solteros menores de 21 años – de ciudadanos norteamericanos que llenen los debidos requisitos.

Soy mexicano y entré indocumentado a los Estados Unidos en 1999. Tengo dos años de casado con una ciudadana norteamericana. Ella me pidió en el 2010 y mi solicitud fue aprobada. ¿Tendré que salir fuera del país o debería esperar a que la ley cambie? – Arturo M.

Al menos que estés cubierto por la ley 245(i), tú no podrás solicitar la residencia permanente dentro de los EEUU por medio de la solicitud de tu esposa. Si llegas a salir fuera del país para solicitar la residencia permanente, estarás sujeto a la ley del castigo que no te permitirá regresar a los EEUU por un periodo de 10 años al menos que el gobierno te otorgue un perdón. Consulta con un abogado de inmigración para determinar tus opciones legales.

Soy de Guatemala y entré indocumentado a EEUU en el 2008. Nunca he tenido problemas criminales o arrestos por inmigración. Mi hermana es ciudadana y quiere pedirme. ¿Qué posibilidades tengo de ser aprobado y arreglar mi situación legal en este país? – José A.

Tu hermana debería de someter una petición familiar a tu nombre. El USCIS aprobará la solicitud si ustedes llenan los debidos requisitos, incluyendo demostrar evidencia de ciudadanía norteamericana y parentesco entre ustedes. Tendrás que esperar aproximadamente 12 años para que haya una visa de inmigrante disponible. Dependiendo como la ley de inmigración esté en ese entonces, podrás solicitar la residencia permanente en los EEUU o tendrás que salir fuera del país.

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Nuevas cuotas de visas entran en vigor

Las nuevas cuotas de visas inmigrantes y no-inmigrantes entraron en vigor el viernes, 13 de abril del 2012. Aumentaron las cuotas para la mayoría de las solicitudes de visas de no-inmigrante y tarjetas de cruce fronterizo, mientras que las cuotas para las solicitudes de visas de inmigrante han disminuido.

La reducción en el costo de las cuotas no son reembolsables. Si usted pagó la cuota de la visa antes del 13 de abril del 2012 y la cuota ha disminuido, NO habrá reembolso de parte del Departamento de Estado de Estados Unidos.

Si su entrevista para una visa de no-inmigrante está marcada para antes del 13 de julio del 2012, no tendrá que pagar la diferencia entre la nueva y antigua cuota. Después de esta fecha, usted tendrá que pagar cualquier diferencia entre la nueva y antigua cuota. No habrán excepciones.

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Cambios en las cuotas de visas inmigrantes y no-inmigrantes

A partir del 13 de abril del 2012, habrán cambios en las cuotas de visas inmigrantes y no-inmigrantes y otros servicios consulares. Las cuotas para la mayoría de las solicitudes de visas no-inmigrantes aumentarán, mientras que las cuotas para procesar visas inmigrantes bajarán.

El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció que el aumento es necesario para cubrir los gastos relacionados con el procesamiento de los servicios consulares.

Los nuevos honorarios de visas y otros servicios consulares son los siguientes (por persona):

NUEVAS CUOTAS CONSULARES A PARTIR DEL 13 DE ABRIL DEL 2012
CUOTA ANTIGUA NUEVA CUOTA
Cuotas de Visa de Inmigrante y Servicios Especiales
Cuota para procesar una solicitud de visa de inmigrante
1. Visa de inmigrante basada en familia $ 330.00 $ 230.00
2. Visa de inmigrante basada en trabajo $ 720.00 $ 405.00
3. Otras visas de inmigrantes (incluyendo I-360 auto-peticionarios y solicitudes de visas de inmigrantes especiales) $ 305.00 $ 220.00
Recargo para visa de diversidad ganada en la lotería de visas $ 440.00 $ 330.00
Determinación de estatus de residente para una persona que desea regresar a los Estados Unidos $ 380.00 $ 275.00
Cuotas   de Visa de No-inmigrante
1. Visas de no-inmigrantes no basadas en una petición. Algunos ejemplos: visas de turista (B2), de visitantes de negocio (B1), y todas las visas de estudiantes y visitantes de intercambio (F, M y J). $ 140.00 $ 160.00
2. Visas de no-inmigrantes basadas en una petición.  Esta categoría de visas incluyen:

·  visa H para trabajadores temporales y aprendices

·  visa L para personas elegibles a ser transferidas dentro de una misma empresa

·   visa O para personas con aptitudes extraordinarias

·   visa P para atletas, artistas y presentadores

·   visa Q para personas que participan en un programa de intercambio cultural internacional

·   visa R para trabajadores religiosos

$ 150.00 $ 190.00
3. Visa E la cual incluye a comerciantes, inversionistas y profesionales de tratados. $ 390.00 $ 270.00
4. Visa K la cual es para novios o cónyuges de ciudadanos norteamericanos. $ 350.00 $ 240.00
5. Tarjeta de cruce fronterizo para personas de 15 ó más años (válida por 10 años). $ 140.00 $ 160.00
6. Tarjeta de cruce fronterizo para personas menores de 15 años. Esta cuota aplica para solicitantes mexicanos siempre y cuando un padre o guardián haya solicitado o vaya a solicitar una tarjeta de cruce fronterizo (válida por 10 años o hasta que el solicitante cumpla 15 años, lo que llegue primero). $ 14.00 $ 15.00

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Cómo hacerse ciudadano de los Estados Unidos

De los casi 12.5 millones residentes permanentes que viven en los Estados Unidos, casi 8 millones son elegibles para solicitar la ciudadanía.  Toda persona elegible debería convertirse en ciudadano porque no solo obtendrá importantes beneficios, sino también poder político al adquirir el derecho de votar.

En mi columna de esta semana en La Opinión, explico las ventajas de ser ciudadano y como solicitar su ciudadanía.

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Entran en vigor nuevas tarifas

A partir de mañana, 23 de noviembre del 2010, entran en vigor una nueva escala de tarifas para trámites inmigratorios ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Las solicitudes y peticiones con matasellos de esa fecha o presentadas en una fecha posterior deberán incluir la nueva tarifa, sino serán rechazadas.

La nueva escala aumenta las tarifas en alrededor de 10 por ciento.  No aumenta el pago por la Solicitud de Naturalización, que seguirá con el mismo costo de $595.

Estos son algunos ejemplos de los aumentos:

# Formulario Descripción Tarifa anterior (hasta nov. 22, 2010) Tarifa Ajustada (desde nov. 23,2010)
I-90 Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente $290 $365
I-130
Petición de Pariente Extranjero
$355
$420
I-131 Solicitud de Documento de Viaje $305 $360
I-140 Petición de Trabajo para Ciudadanos Extranjeros $475 $580
I-765 Solicitud de Autorización de Empleo $340 $380
Procesamiento Doméstico de Visas de Inmigrante por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos $0 $165

Se presentan aumentos considerables en los siguientes formularios:

I-687 Solicitud de Estatus como Residente Temporal bajo las Secciones 245A ó 210 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad $710 $1,130
I-694 Notificación de Apelación de Decisión bajo las Secciones 245A ó 210 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad $545 $755

Puede encontrar la lista completa, haciendo click aquí.

Procesamiento Doméstico de Visas de Inmigrante del Departamento del Seguridad Nacional

$0

$165

Datos Biométricos

Recolección, Procesamiento y Archivo de Información Biométrica

$80

$85

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Requisitos para la inscripción tardía al TPS

Salvadoreños que no se hayan inscrito antes en el program de estatus de protección temporal podrían ser elegibles para una inscripción inicial tardía.  El video explica algunos de los requisitos para ser elegible.

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Aumento en las cuotas de pasaportes y visas inmigrantes

A partir del hoy, se aumentarán las cuotas de pasaportes norteamericanos, visa de inmigrantes y otros servicios consulares.  El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció que  era necesario el aumento para cubrir los gastos relacionados con el procesamiento de estos servicios consulares.  El pasado junio el Departamento de Estado también aumento las cuotas de visas de no-inmigrantes.

Los nuevos honorarios de pasaportes norteamericanos, visa de inmigrantes y otros servicios consulares son los siguientes (por persona):

NUEVAS CUOTAS CONSULARES A PARTIR DEL 13 DE JULIO DEL 2010
CUOTA

ANTIGUA

NUEVA

CUOTA

Cuotas de Visa de Inmigrante
Cuota para procesar una solicitud de visa de inmigrante
1.  Visa de inmigrante basada en familia $ 355.00 $ 330.00
2.  Visa de inmigrante basada en trabajo $ 355.00 $ 720.00
3.  Otras visas de inmigrantes (SIVs, DVs, etc.) $ 355.00 $ 305.00
Recargo de seguridad para visa de inmigrante $   45.00 $   74.00
Recargo para visa de diversidad ganada en la lotería de visas $  375.00 $ 440.00
Revisión de Carta de Sostenimiento en los Estados Unidos $    70.00 $   88.00
Determinación de estatus de residente para una persona que desea           regresar a los Estados Unidos $  400.00 $ 380.00
Cuotas de Pasaporte
Libro de Pasaporte – Adulto $ 100.00** $ 135.00**
Libro de Pasaporte – Menor de edad $  85.00** $ 105.00**
Renovación de Libro de Pasaporte – Adulto $ 75.00 $ 110.00
Páginas adicionales de pasaporte - $  82.00
Tarjeta de Pasaporte – Adulto $  45.00** $  55.00**
Tarjeta de Pasaporte – Menor de edad $  35.00** $  40.00**
Reporte consular de un nacimiento en el exterior $  65.00 $  100.00
Renuncia de la ciudadanía norteamericana - $  450.00
Búsqueda en archivos y verificación de ciudadanía norteamericana $  60.00 $  150.00
Servicios a Ciudadanos en el Extranjero
Trámite para el traslado de restos de ciudadanos no estadounidenses $265.00 + gastos $200.00 + gastos
Servicios de Documentación
Notariales, certificación de copias, autenticaciones, disposición de archivos del Departamento de Estado $ 30.00 (primer),

20.00 (adicional)

$ 50.00
Servicios Judiciales
Procesamiento de Cartas Rogatorias y FSIA $ 735.00 $ 2,275.00
Tomar declaraciones o ejecución de comisiones:
1.  Programar/Organizar Declaraciones $ 475.00 $ 1,283.00
2.  Participar o Tomar Declaraciones $ 265.00/hora + gastos $ 309.00/hora

+ gastos

3.  Juramentación de Testigos $ 265.00/hora + gastos $ 231.00/hora

+ gastos

4.  Supervisar Declaraciones por Teléfono $ 265.00/hora + gastos $ 231.00/hora

+ gastos

5.   Proveer Sello y Certificación $ 70.00 $ 415.00
Servicios Administrativos
Cargos por tiempo consular (por hora) $ 265.00 $ 231.00

**Esto incluye una cuota de ejecución de $25 la cual no es retenida por el Departamento de Estado.

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Aumento en las cuotas de visas no-inmigrantes

A partir del 4 de junio del 2010, se aumentarán las cuotas de visas de no-inmigrantes. El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció que  era necesario el aumento para cubrir el incremento en los gastos relacionados con el procesamiento de visas de no-inmigrantes.  Este aumento aplica a visas de no-inmigrantes que se estampan en pasaportes y tarjetas de cruce fronterizo emitidas a ciertos solicitantes de México.

Los nuevos honorarios de visa de noinmigrantes son los siguientes (por persona):

1. Visas de no-inmigrantes no basadas en una petición. La nueva cuota es de $140.  Algunos ejemplos: visas de turista (B2), de visitantes de negocio (B1), y todas las visas de estudiantes y visitantes de intercambio (F, M y J).

2. Visas de no-inmigrantes basadas en una petición. La nueva cuota es de $150.  Esta categoría de visas incluyen:

· visa H para trabajadores temporales y aprendices

· visa L para personas elegibles a ser transferidas dentro de una misma empresa

· visa O para personas con aptitudes extraordinarias

· visa P para atletas, artistas y presentadores

· visa Q para personas que participan en un programa de intercambio cultural internacional

· visa R para trabajadores religiosos

3. La cuota para la visa E será de $390. Esta incluye a comerciantes, inversionistas y profesionales de tratados.

4. La visa K costará $350.  Esta visa es para novios o cónyuges de ciudadanos norteamericanos.

5. La cuota para la tarjeta de cruce fronterizo para personas de 15 ó más años será de $140 (válida por 10 años).

6. La cuota para la tarjeta de cruce fronterizo para personas menores de 15 años será de $14.  Esta cuota aplica para solicitantes mexicanos siempre y cuando un padre o guardián haya solicitado o vaya a solicitar una tarjeta de cruce fronterizo (válida por 10 años o hasta que el solicitante cumpla 15 años, lo que llegue primero).

El Departamento de Estado de EE.UU. también está considerando cambiar las cuotas que cobra para procesar pasaportes norteamericanos, visa de inmigrantes y otros servicios consulares.

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Si un familiar fue detenido por inmigración, puede intentar encontrarlo usando este buscador electrónico de ICE. Lea más sobre como encontrar a un posible detenido aquí.

Nelson A. Castillo


Nelson A. Castillo es abogado de inmigración. Es graduado de la Universidad St. John's en Nueva York, con un bachillerato en finanzas y un doctorado en leyes. Está matriculado en el Colegio de Abogados de Nueva York y puede ejercer como abogado de inmigración en todos los Estados Unidos.


Durante su trayectoria profesional ha ayudado a clientes, dentro y fuera del país, alcanzar sus objetivos inmigratorios.


Nacido en El Salvador, llegó a los Estados Unidos a los 11 años. Como otros inmigrantes, superó muchos obstáculos pero logró estudiar y trabajar en una profesión donde puede ayudar a los demás. Debido a su compromiso e incansable trabajo brindando ayuda a su comunidad, el Dr. Castillo ha recibido numerosos premios y reconocimientos.

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